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REGISTRO NACIONAL DE BASES DE DATOS ANTE LA SIC - PLAZO 9 DE NOV 2016


Muchos comerciantes cumplieron con su obligación de implementar sus políticas de tratamiento y protección de datos personales, pero esto no termina ahí. Ahora debemos realizar el registro de nuestras bases de datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio - SIC antes del 9 de Noviembre de 2016.

La fuente de dicha obligación es Decreto Único 1074 de 2015. Ahora lo mas importante para tener en cuenta si no cuento con el tiempo de realizar este registro, en el ítem N° 13 de las "Preguntas Frecuentes" sobre el Registro Nacional de Bases de Datos de la pagina web de la SIC, nos cuentan:

"¿Qué pasa si no lo hago?

Es importante tener en cuenta que el artículo 23 de la Ley 1581 de 2012 indica que la Superintendencia de Industria y Comercio podrá imponer a los Responsables del Tratamiento y Encargados del Tratamiento las siguientes sanciones:

  1. Multas de carácter personal e institucional hasta por el equivalente de dos mil (2.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la imposición de la sanción. Las multas podrán ser sucesivas mientras subsista el incumplimiento que las originó.

  2. Suspensión de las actividades relacionadas con el Tratamiento hasta por un término de seis (6) meses. En el acto de suspensión se indicarán los correctivos que se deberán adoptar.

  3. Cierre temporal de las operaciones relacionadas con el Tratamiento una vez transcurrido el término de suspensión sin que se hubieren adoptado los correctivos ordenados por la Superintendencia de Industria y Comercio.

  4. Cierre inmediato y definitivo de la operación que involucre el Tratamiento de datos sensibles"


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